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Ante los 550 muertos anuales por atropello en España y el incumplimiento sistemático del Real Decreto 1890/2008 en pasos de peatones, los municipios españoles aceleran el despliegue de tecnologías de refuerzo lumínico interactivas LED en pasos de peatones.
Según la fundación Mafre, en España mueren atropelladas cada año una media de 550 personas. Una magnitud equivalente a más de dos catástrofes aéreas, cuyo punto caliente se sitúa en los pasos de peatones durante el horario nocturno. El informe previamente citado (Mafre, 2012) apunta en esta dirección y señala que el 40% de los atropellos se producen en pasos de cebra, siendo la noche la franja más peligrosa para la consecución de accidentes graves y mortales, especialmente entre los adultos. Durante los últimos años, la crudeza de estos datos ha incrementado la presión social sobre instituciones tanto públicas como privadas para mejorar el diagnóstico de las causas y explorar soluciones tecnológicas cada vez más eficaces (La Región, 2014). Como centro especializado de investigación sobre vehículos, Centro Zaragoza, determinó que «la visibilidad reducida es uno de los factores que más contribuye a los atropellos de peatones y ciclistas de noche» (ABC, 2014). Es este sentido, la fundación Mafre ha propuesto múltiples líneas de acción, entre ellas destacan la mejora de la iluminación vial en los pasos de peatones a fin de adecuar los niveles de iluminancia vertical en los pasos de peatones a la normativa vigente. El Real Decreto 1890/2008 de eficiencia energética, en su sección de alumbrados específicos ya determina que: «En el alumbrado adicional de los pasos de peatones, cuya instalación será prioritaria en aquellos pasos sin semáforo, la iluminancia de referencia mínima en el plano vertical será de 40 Lux, y una limitación en el deslumbramiento G2 en la dirección de circulación de vehículos y G3 en la dirección del peatón». Si bien el objeto general del citado reglamento de eficiencia energética no es establecer valores mínimos de iluminancia, los alumbrados específicos como los pasos de peatones representan una excepción donde los valores mínimos se convierten en obligatorios al «primar la seguridad» sobre el resto de variables. En caso de accidente grave y ante el incumplimiento del Real Decreto 1890/2008, podrían derivarse responsabilidades hacia los gestores de la infraestructura, liberando incluso a las compañías de seguros de sus compromisos de cobertura.